Qué es el modelo 349 de facturación y cuándo se presenta

Dic 5, 2025 | Blog

Este artículo ofrece una visión completa y actualizada sobre qué es el modelo 349 de facturación, quién está obligado a presentarlo, cómo se cumplimenta, qué plazos existen y qué errores habituales deben evitarse.

Cuando un autónomo o empresa realiza operaciones económicas con clientes o proveedores de otros países de la Unión Europea, adquiere ciertas obligaciones fiscales específicas.

Una de las más importantes es la presentación del modelo 349, un documento informativo que recoge todas las operaciones intracomunitarias realizadas dentro de un periodo determinado.

A medida que los negocios se internacionalizan y el comercio digital crece, cada vez más profesionales se encuentran ante la necesidad de entender este requisito.

Para quienes venden o compran bienes y servicios dentro de la UE, el modelo 349 facturación es una pieza clave en el cumplimiento fiscal, y un error o retraso puede conllevar sanciones.

 

Qué es el modelo 349 de facturación

El modelo 349 es una declaración informativa ante la Agencia Tributaria en la que se detallan las operaciones intracomunitarias realizadas durante un periodo determinado.

Incluye:

  • Entregas de bienes a clientes de la UE (ventas intracomunitarias).
  • Adquisiciones de bienes a proveedores europeos (compras intracomunitarias).
  • Prestaciones de servicios intracomunitarios, tanto si se prestan como si se reciben.
  • Operaciones triangulares.

Su objetivo es permitir a Hacienda realizar un cruce de datos con las administraciones fiscales de otros países miembros para comprobar que el IVA se declara correctamente y evitar el fraude.

Es importante destacar que no es un modelo de pago de impuestos, sino exclusivamente informativo.

Sin embargo, su correcta presentación es fundamental para que la declaración trimestral de IVA (modelo 303) y el resumen anual (modelo 390) cuadren correctamente con las operaciones internacionales realizadas.

 

Quién está obligado a presentar el modelo 349 de facturación

Están obligados:

  • Autónomos o empresas que realizan entregas intracomunitarias de bienes. Es decir, ventas a clientes situados en otros países de la UE, siempre que estos estén dados de alta en el registro VIES con un NIF-IVA válido.
  • Autónomos o empresas que realizan adquisiciones intracomunitarias de bienes. Compras a proveedores europeos con transporte hacia España.
  • Prestadores o receptores de servicios intracomunitarios. Tanto si ofreces servicios a un cliente de otro país de la Unión, como si contratas servicios en la UE, el modelo 349 debe recoger estas operaciones.
  • Operadores intracomunitarios que figuren en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios). Para aparecer en el ROI debes solicitar el alta mediante el modelo 036. Una vez aceptado, la empresa adquiere la obligación de presentar el 349 cuando se realicen operaciones reguladas.

No están obligados quienes compran a proveedores europeos sin transporte de bienes a España (por ejemplo, compras digitales), ni quienes realizan operaciones fuera del ámbito del IVA intracomunitario.

 

Qué operaciones deben incluirse en el modelo 349

El modelo 349 recoge todas las operaciones intracomunitarias sujetas a IVA.

Las más comunes son:

 

Entregas intracomunitarias de bienes.

Es decir, ventas de mercancía a clientes con NIF-IVA válido en países de la UE.

Para que una entrega esté exenta de IVA en España debe cumplirse:

  • transporte del bien a otro Estado miembro,
  • comprobación del NIF-IVA del cliente en el VIES,
  • conservación de justificantes del envío.

 

Adquisiciones intracomunitarias de bienes

Compras a proveedores europeos con transporte hacia España.

En estos casos, el comprador declara simultáneamente el IVA soportado y repercutido en el modelo 303.

 

Prestaciones de servicios intracomunitarios

Incluye:

  • Servicios prestados a empresas europeas,
  • Servicios recibidos de empresas europeas.
  • Generalmente aplican la regla de localización del IVA según el «país del cliente» cuando es una operación entre empresas (B2B).

 

Operaciones triangulares

Casos en los que intervienen tres operadores de distintos países de la UE.

 

Rectificaciones

Se incluyen facturas rectificativas por operaciones previamente declaradas.

 

Periodicidad de presentación del modelo 349

El modelo 349 puede presentarse con tres periodicidades, dependiendo del volumen de operaciones intracomunitarias:

 

Presentación mensual

Obligatoria cuando:

  • el volumen de operaciones intracomunitarias supera 50.000 euros en un mes natural,
  • se prevé superar ese volumen.

 

Presentación trimestral

Aplicable cuando:

el total de operaciones del trimestre no supera los 50.000 euros.

 

Presentación anual

Permitida cuando:

  • el total anual no supera los 35.000 euros, y
  • las entregas de bienes a otros países no superan los 15.000 euros.

Esta opción solo se mantiene si durante el año no se superan esos límites.

Si en algún momento se exceden, se pasa automáticamente al régimen trimestral o mensual según corresponda.

 

Plazos de presentación

Los plazos dependen de la periodicidad asignada:

Mensual

Del 1 al 20 del mes siguiente.

Trimestral

Durante los 20 primeros días naturales del mes siguiente al trimestre.

Anual

Del 1 al 30 de enero del año siguiente.

En todos los casos, si el día 20 cae en fin de semana o festivo, el plazo se amplía al siguiente día hábil.

 

Cómo se rellena el modelo 349

El modelo 349 se presenta electrónicamente a través de la sede de la Agencia Tributaria.

No se permite su presentación en papel.

Los datos que debes incluir son:

  • NIF-IVA del cliente o proveedor intracomunitario.
  • País del operador.
  • Importe total de las operaciones realizadas.
  • Tipo de operación: entrega, adquisición, prestación de servicios, etc.
  • Rectificaciones, si las hay.

Es fundamental revisar los NIF-IVA en el VIES para evitar errores. Una operación mal declarada puede suponer requerimientos de Hacienda.

 

Relación entre el modelo 349 y el modelo 303

Una de las dudas más frecuentes es si el modelo 349 afecta al IVA trimestral.

La respuesta es sí, pero no porque suponga un pago adicional, sino porque debe coincidir con la información del modelo 303.

Por ejemplo:

Si realizas una prestación de servicios intracomunitaria, deberás incluirla también en la casilla correspondiente del modelo 303.

Una adquisición intracomunitaria aparecerá tanto como IVA soportado como IVA repercutido.

Las discrepancias entre ambos modelos generan requerimientos automáticos.

 

Qué ocurre si no presentas el modelo 349 o lo presentas tarde

Aunque es un modelo informativo, no presentarlo o presentarlo fuera de plazo puede generar sanciones:

Sanción mínima: 150 euros.

  • Requerimientos posteriores si Hacienda detecta operaciones no declaradas.
  • Problemas con el VAT Information Exchange System (VIES), pudiendo ser dado de baja.

Además, dificulta la correcta declaración del IVA y puede hacer que Hacienda liquide de oficio operaciones intracomunitarias aplicando IVA incorrecto.

 

Errores frecuentes en el modelo 349

Los fallos más comunes son:

  • No comprobar el NIF-IVA del cliente. El VIES debe consultarse antes de emitir facturas intracomunitarias.
  • Declarar servicios como bienes o viceversa. Las reglas de localización del IVA cambian según la naturaleza.
  • Olvidar operaciones de servicios recibidos. Especialmente cuando se contratan plataformas europeas.
  • No declarar rectificaciones. Deben incluirse en el periodo en que se hacen, no en el original.
  • Cambiar indebidamente la periodicidad. Si se supera un límite, hay que cambiar automáticamente.
  • Declarar importes incorrectos por operaciones en moneda extranjera.
  • Es obligatorio usar el tipo de cambio oficial del BCE o el registrado en factura.

 

Cómo facilita Facturalia la presentación del modelo 349

Una de las ventajas de la digitalización es que la mayoría de errores humanos se pueden evitar gracias a software adecuado.

Facturalia incorpora funciones que simplifican enormemente el cumplimiento del modelo 349:

  • Identificación automática de operaciones intracomunitarias. El sistema reconoce clientes y proveedores UE por su NIF-IVA.
  • Registro correcto de operaciones de bienes y servicios. Evita errores de clasificación.
  • Generación de informes compatibles. Puedes exportar directamente el listado de operaciones que deben aparecer en el modelo 349.
  • Trazabilidad VeriFactu. Garantiza que los datos declarados son íntegros, inalterables y verificables.
  • Integración con e-commerce y plataformas de venta. Especialmente útil para tiendas online que venden dentro de la UE.
  • Alertas de periodicidad. Facturalia avisa si te acercas a los límites que obligan a cambiar la periodicidad del modelo.

Digitalizar este proceso no solo ahorra tiempo, sino que reduce la probabilidad de sanciones.

 

Conclusión Qué es el modelo 349 de facturación y cuándo se presenta

El modelo 349 facturación es un documento clave para cualquier negocio que realice operaciones intracomunitarias.

Aunque no implica el pago de impuestos, su correcta presentación es esencial para cuadrar el IVA, evitar requerimientos y cumplir con las normas europeas de comercio.

Su manejo puede resultar complejo para quienes empiezan a trabajar con clientes o proveedores de la UE, pero entenderlo bien y apoyarse en herramientas como Facturalia simplifica enormemente el proceso.

El aplazamiento de algunas obligaciones digitales recientes no afecta a la necesidad de cumplir este modelo, que sigue siendo obligatorio para cualquier operación intracomunitaria.

Facturalia
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