El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es uno de los tributos más importantes en el día a día de autónomos, pymes y grandes empresas, y, dentro de su funcionamiento, dos conceptos clave son el IVA repercutido y el IVA soportado, que se reflejan en las facturas y determinan cuánto pagas o recuperas en tus declaraciones trimestrales.
Comprender bien la diferencia entre ambos es esencial para evitar errores, cumplir con la ley y optimizar la gestión fiscal.
En este artículo te explicaré qué significan, cómo se calculan y qué relación tienen con tus obligaciones tributarias.
Índice
¿Qué es el IVA repercutido?
El IVA repercutido es el que un empresario o autónomo cobra a sus clientes en las facturas que emite por la venta de bienes o la prestación de servicios.
En otras palabras, es el IVA que tú aplicas a tu precio como vendedor y que después tendrás que ingresar a Hacienda.
Ejemplo:
Si vendes un producto por 1.000 € y aplicas el 21% de IVA:
- Base imponible: 1.000 €
- IVA repercutido (21%): 210 €
- Total factura: 1.210 €
Esos 210 € no son un ingreso real para ti, sino un importe que cobras en nombre de Hacienda y que deberás declarar en el modelo 303 de IVA.
¿Qué es el IVA soportado?
El IVA soportado es el que pagas a tus proveedores cuando compras bienes o contratas servicios para tu actividad económica.
Es el IVA que está incluido en las facturas que recibes y que puedes deducir si se cumplen los requisitos legales.
Ejemplo:
Si compras material por 500 € + IVA 21%:
- Base imponible: 500 €
- IVA soportado (21%): 105 €
- Total factura: 605 €
Esos 105 € son IVA soportado que podrás restar del IVA repercutido en tu declaración, siempre que la compra esté relacionada con tu actividad.
Relación entre IVA repercutido y soportado en las facturas
La diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado es la clave de la liquidación trimestral del impuesto:
- Si el IVA repercutido es mayor que el soportado → pagas la diferencia a Hacienda.
- Si el IVA soportado es mayor que el repercutido → tienes un saldo a tu favor que puedes compensar en trimestres posteriores o solicitar su devolución.
Ejemplo trimestral:
- IVA repercutido: 3.000 €
- IVA soportado: 2.200 €
- IVA a ingresar = 3.000 – 2.200 = 800 €
IVA repercutido y soportado facturas: normativa
La legislación que regula el IVA en España está recogida en la Ley 37/1992 del IVA y en su reglamento.
Las obligaciones sobre IVA repercutido y soportado facturas incluyen:
- Facturación correcta: todas las facturas emitidas y recibidas deben cumplir los requisitos del Reglamento de Facturación (RD 1619/2012).
- Registro contable: debes llevar libros de IVA diferenciando las facturas emitidas (IVA repercutido) y las recibidas (IVA soportado).
- Declaración periódica: presentar el modelo 303 trimestralmente (o mensualmente en ciertos casos) y el resumen anual (modelo 390).
- Plazos de conservación: guardar las facturas al menos 4 años (plazo de prescripción fiscal).
Casos especiales en el IVA repercutido
Existen situaciones en las que no se aplica el IVA o se utiliza un tipo reducido:
- Exenciones: actividades sanitarias, educativas, financieras, etc.
- Tipos reducidos: 10% en hostelería, transporte, algunos alimentos.
- Tipo superreducido: 4% en productos básicos como pan, leche, libros.
En estos casos, aunque no se repercuta el IVA o sea reducido, debe reflejarse correctamente en la factura.
Casos especiales en el IVA soportado
No siempre puedes deducir todo el IVA soportado. La deducción solo es posible si:
- La compra está vinculada directamente a tu actividad.
- Tienes una factura completa y correcta.
- No es un gasto excluido (por ejemplo, ciertos vehículos de uso mixto o gastos personales).
Ejemplo práctico de liquidación trimestral de IVA repercutido y soportado facturas
Imagina que eres un autónomo que emite y recibe facturas durante un trimestre:
Facturas emitidas (IVA repercutido):
- Servicio A: 1.000 € + 210 € IVA
- Servicio B: 2.000 € + 420 € IVA
Total IVA repercutido: 630 €
Facturas recibidas (IVA soportado):
- Compra material: 500 € + 105 € IVA
- Compra herramienta: 800 € + 168 € IVA
Total IVA soportado: 273 €
Liquidación:
- IVA a ingresar = 630 – 273 = 357 €
Relación con VeriFactu y facturación digital
Con la implantación de VeriFactu a partir de 2026, tanto el IVA repercutido como el soportado estarán más controlados, ya que las facturas emitidas se enviarán en tiempo real a la Agencia Tributaria.
Esto reducirá errores y facilitará la presentación de modelos como el 303.
Errores comunes al gestionar el IVA repercutido y soportado facturas
- Olvidar registrar alguna factura: puede alterar el saldo de IVA y provocar sanciones.
- Aplicar un tipo de IVA incorrecto: usar el 21% cuando corresponde el 10% o viceversa.
- Deducir IVA no relacionado con la actividad: por ejemplo, facturas personales.
- Confundir el criterio de caja: este régimen especial afecta al momento en que se declara el IVA.
Consejos para una gestión correcta
- Utiliza software de facturación que diferencie automáticamente IVA repercutido y soportado.
- Revisa mensualmente los libros de IVA para detectar errores a tiempo.
- Clasifica correctamente cada gasto y factura emitida.
- Consulta con un asesor fiscal en casos especiales o complejos.
IVA repercutido y soportado en operaciones internacionales
En operaciones intracomunitarias (con clientes o proveedores de la UE), el tratamiento del IVA cambia:
- Ventas a empresas de la UE: exentas de IVA si ambas partes están registradas en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios).
- Compras a empresas de la UE: el comprador se autorrepercute el IVA y lo declara como repercutido y soportado a la vez.
En importaciones y exportaciones también hay normas específicas que afectan a cómo registrar el IVA.
Conclusión Qué es el IVA repercutido y soportado en tus facturas
Entender y controlar el IVA repercutido y soportado facturas es básico para cualquier negocio.
El repercutido es el que cobras a tus clientes y debes ingresar a Hacienda.
El soportado es el que pagas en tus compras y puedes deducir si cumple los requisitos.
La clave está en llevar un control riguroso de ambas partidas, utilizar herramientas que automaticen los cálculos y cumplir con las obligaciones de registro y declaración.
De esta forma evitarás errores, sanciones y aprovecharás al máximo las deducciones a las que tienes derecho.