Qué es el IVA repercutido y soportado en tus facturas

Ago 18, 2025 | Blog

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es uno de los tributos más importantes en el día a día de autónomos, pymes y grandes empresas, y, dentro de su funcionamiento, dos conceptos clave son el IVA repercutido y el IVA soportado, que se reflejan en las facturas y determinan cuánto pagas o recuperas en tus declaraciones trimestrales.

Comprender bien la diferencia entre ambos es esencial para evitar errores, cumplir con la ley y optimizar la gestión fiscal.

En este artículo te explicaré qué significan, cómo se calculan y qué relación tienen con tus obligaciones tributarias.

 

¿Qué es el IVA repercutido?

El IVA repercutido es el que un empresario o autónomo cobra a sus clientes en las facturas que emite por la venta de bienes o la prestación de servicios.

En otras palabras, es el IVA que tú aplicas a tu precio como vendedor y que después tendrás que ingresar a Hacienda.

Ejemplo:

Si vendes un producto por 1.000 € y aplicas el 21% de IVA:

  • Base imponible: 1.000 €
  • IVA repercutido (21%): 210 €
  • Total factura: 1.210 €

Esos 210 € no son un ingreso real para ti, sino un importe que cobras en nombre de Hacienda y que deberás declarar en el modelo 303 de IVA.

 

¿Qué es el IVA soportado?

El IVA soportado es el que pagas a tus proveedores cuando compras bienes o contratas servicios para tu actividad económica.

Es el IVA que está incluido en las facturas que recibes y que puedes deducir si se cumplen los requisitos legales.

Ejemplo:

Si compras material por 500 € + IVA 21%:

  • Base imponible: 500 €
  • IVA soportado (21%): 105 €
  • Total factura: 605 €

 

Esos 105 € son IVA soportado que podrás restar del IVA repercutido en tu declaración, siempre que la compra esté relacionada con tu actividad.

 

Relación entre IVA repercutido y soportado en las facturas

La diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado es la clave de la liquidación trimestral del impuesto:

  • Si el IVA repercutido es mayor que el soportado → pagas la diferencia a Hacienda.
  • Si el IVA soportado es mayor que el repercutido → tienes un saldo a tu favor que puedes compensar en trimestres posteriores o solicitar su devolución.

Ejemplo trimestral:

  • IVA repercutido: 3.000 €
  • IVA soportado: 2.200 €
  • IVA a ingresar = 3.000 – 2.200 = 800 €

 

IVA repercutido y soportado facturas: normativa

La legislación que regula el IVA en España está recogida en la Ley 37/1992 del IVA y en su reglamento.

Las obligaciones sobre IVA repercutido y soportado facturas incluyen:

  • Facturación correcta: todas las facturas emitidas y recibidas deben cumplir los requisitos del Reglamento de Facturación (RD 1619/2012).
  • Registro contable: debes llevar libros de IVA diferenciando las facturas emitidas (IVA repercutido) y las recibidas (IVA soportado).
  • Declaración periódica: presentar el modelo 303 trimestralmente (o mensualmente en ciertos casos) y el resumen anual (modelo 390).
  • Plazos de conservación: guardar las facturas al menos 4 años (plazo de prescripción fiscal).

 

Casos especiales en el IVA repercutido

Existen situaciones en las que no se aplica el IVA o se utiliza un tipo reducido:

  • Exenciones: actividades sanitarias, educativas, financieras, etc.
  • Tipos reducidos: 10% en hostelería, transporte, algunos alimentos.
  • Tipo superreducido: 4% en productos básicos como pan, leche, libros.

En estos casos, aunque no se repercuta el IVA o sea reducido, debe reflejarse correctamente en la factura.

 

Casos especiales en el IVA soportado

No siempre puedes deducir todo el IVA soportado. La deducción solo es posible si:

  • La compra está vinculada directamente a tu actividad.
  • Tienes una factura completa y correcta.
  • No es un gasto excluido (por ejemplo, ciertos vehículos de uso mixto o gastos personales).

 

Ejemplo práctico de liquidación trimestral de IVA repercutido y soportado facturas

Imagina que eres un autónomo que emite y recibe facturas durante un trimestre:

Facturas emitidas (IVA repercutido):

  • Servicio A: 1.000 € + 210 € IVA
  • Servicio B: 2.000 € + 420 € IVA

Total IVA repercutido: 630 €

 

Facturas recibidas (IVA soportado):

  • Compra material: 500 € + 105 € IVA
  • Compra herramienta: 800 € + 168 € IVA

Total IVA soportado: 273 €

 

Liquidación:

  • IVA a ingresar = 630 – 273 = 357 €

 

Relación con VeriFactu y facturación digital

Con la implantación de VeriFactu a partir de 2026, tanto el IVA repercutido como el soportado estarán más controlados, ya que las facturas emitidas se enviarán en tiempo real a la Agencia Tributaria.

Esto reducirá errores y facilitará la presentación de modelos como el 303.

 

Errores comunes al gestionar el IVA repercutido y soportado facturas

  • Olvidar registrar alguna factura: puede alterar el saldo de IVA y provocar sanciones.
  • Aplicar un tipo de IVA incorrecto: usar el 21% cuando corresponde el 10% o viceversa.
  • Deducir IVA no relacionado con la actividad: por ejemplo, facturas personales.
  • Confundir el criterio de caja: este régimen especial afecta al momento en que se declara el IVA.

 

Consejos para una gestión correcta

  • Utiliza software de facturación que diferencie automáticamente IVA repercutido y soportado.
  • Revisa mensualmente los libros de IVA para detectar errores a tiempo.
  • Clasifica correctamente cada gasto y factura emitida.
  • Consulta con un asesor fiscal en casos especiales o complejos.

 

IVA repercutido y soportado en operaciones internacionales

En operaciones intracomunitarias (con clientes o proveedores de la UE), el tratamiento del IVA cambia:

  • Ventas a empresas de la UE: exentas de IVA si ambas partes están registradas en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios).
  • Compras a empresas de la UE: el comprador se autorrepercute el IVA y lo declara como repercutido y soportado a la vez.

En importaciones y exportaciones también hay normas específicas que afectan a cómo registrar el IVA.

 

Conclusión Qué es el IVA repercutido y soportado en tus facturas

Entender y controlar el IVA repercutido y soportado facturas es básico para cualquier negocio.

El repercutido es el que cobras a tus clientes y debes ingresar a Hacienda.

El soportado es el que pagas en tus compras y puedes deducir si cumple los requisitos.

La clave está en llevar un control riguroso de ambas partidas, utilizar herramientas que automaticen los cálculos y cumplir con las obligaciones de registro y declaración.

De esta forma evitarás errores, sanciones y aprovecharás al máximo las deducciones a las que tienes derecho.

Facturalia
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