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¿Qué es la normativa de facturación?
Como bien sabes, la facturación es un proceso mediante el cual un empresario o trabajador por cuenta propia emite las facturas de la compra-venta de productos o servicios. Por tanto, la normativa de facturación, son las reglas mediante las que se regulan estos procesos.
La Agencia Tributaria regula la facturación a través del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
¿Qué regula la normativa de facturación?
Los aspectos más importantes que se regulan a través de esta normativa son los siguientes:
- Quién tiene la obligación de emitir facturas.
- Los contenidos de un modelo de factura completa y simplificada.
- Los distintos tipos de factura (factura simplificada, factura completa, factura rectificativa, factura recapitulativa) y qué debe incluir cada una de ellas.
- Cómo emitir la factura electrónica a las Administraciones.
- El plazo, moneda e idioma en que se emite una factura.
- Cómo se han de remitir las facturas a los clientes.
- Cuánto tiempo se han de conservar las facturas y en qué soporte.
¿A quién afecta la normativa de facturación?
Esta normativa afecta a todas aquellas personas físicas o jurídicas que realizan una actividad económica. Esta actividad conlleva una serie de operaciones que deben ser documentadas.
Es decir, la normativa de facturación afecta a los autónomos y empresarios que prestan servicios o venden bienes a terceros, independientemente de que estos sean particulares, profesionales o empresas.
Además de estas preguntas, muchos usuarios se cuestionan si los programas de facturación cumplen con la normativa vigente, y, desde Facturalia, queremos resolverte esta duda:
Los programas de facturación se han convertido en la herramienta más generalizada para crear y emitir sus facturas, cumpliendo con sus obligaciones de facturación.
Para poder asegurarnos de si un programa cumple o no con la normativa de facturación, debemos fijarnos sin las facturas que generan cuentan con determinados datos
¿Con qué deben contar?
- Número de la factura (y serie numérica, que ha de ser secuencial y sin saltos).
- Fecha de emisión.
- Fecha en la que se realizó la operación en caso de que no coincida con la fecha de emisión.
- Datos del emisor de la factura, así como del destinatario: nombre o razón social completos, NIF (en caso de autónomos) o CIF (en caso de empresas) y dirección.
- Descripción de las operaciones, junto a su precio por unidad antes de impuestos (base imponible).
- Tipo impositivo (IVA y, en caso de autónomos, IRPF en las circunstancias que indica la normativa).
- Cuota tributaria.
- El importe final a pagar.
Además, dichos modelos de factura han de contar con el espacio suficiente para añadir casos especiales, tales como:
Casos especiales
- La facturación por el destinatario.
- La inversión del sujeto pasivo.
- Las entregas intracomunitarias o exportaciones.
- Exenciones de IVA (se ha de hacer alusión al precepto concreto de la ley de IVA).
- Mención a regímenes especiales como el «régimen especial de las agencias de viaje», o el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.