En este artículo te explicamos en detalle cómo facturar si eres autónomo colaborador, cuáles son sus particularidades y qué debes tener en cuenta para evitar errores.
El mundo del trabajo autónomo en España es diverso y se adapta a diferentes situaciones familiares, profesionales y empresariales.
Una de las figuras menos conocidas, pero con gran utilidad en ciertos casos, es la del autónomo colaborador.
Esta modalidad permite que familiares directos trabajen en un negocio ya constituido por un autónomo titular, sin necesidad de constituir una sociedad ni de crear contratos laborales tradicionales.
Una de las dudas más frecuentes sobre esta figura es cómo gestionar la parte fiscal y administrativa, especialmente en lo relativo a la emisión de facturas. ¿Debe el autónomo colaborador emitir facturas? ¿Cómo se organiza su facturación y cotización? ¿Qué obligaciones fiscales tiene?
Índice
¿Qué es un autónomo colaborador?
El autónomo colaborador es un familiar directo de un trabajador autónomo titular que colabora de manera habitual en su negocio.
Las condiciones que deben cumplirse para poder darse de alta como autónomo colaborador son:
- Ser cónyuge, descendiente, ascendiente o pariente por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado del autónomo titular.
- Convivir en el mismo domicilio familiar.
- Trabajar de forma habitual y directa en el negocio del autónomo titular.
- No estar contratado como trabajador por cuenta ajena.
Esta figura se utiliza, por ejemplo, en negocios familiares como bares, comercios, talleres o asesorías en los que el cónyuge o un hijo ayuda de manera regular.
Diferencia entre autónomo titular y autónomo colaborador
El autónomo titular es el propietario del negocio, responsable de su gestión, de la facturación a clientes y del cumplimiento de obligaciones fiscales.
El autónomo colaborador, en cambio:
- No emite facturas a clientes.
- No desarrolla actividad económica independiente.
- Su relación es de colaboración dentro del negocio familiar.
- Cotiza en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
En definitiva, la facturación recae sobre el autónomo titular, y no sobre el colaborador.
Cómo facturar autónomo colaborador: ¿emite facturas?
Aquí está la clave: el autónomo colaborador no emite facturas a clientes, porque no tiene actividad económica propia.
Las facturas siempre se emiten a nombre del autónomo titular del negocio.
Esto significa que:
- Los ingresos van a nombre del autónomo titular.
- El autónomo colaborador no presenta declaraciones trimestrales de IVA ni de IRPF como actividad económica.
- No gestiona facturación independiente.
- El colaborador percibe una retribución salarial por su trabajo, que se declara como rendimiento del trabajo en su IRPF, no como rendimiento de actividades económicas.
Obligaciones fiscales del autónomo colaborador
Aunque no emite facturas, el autónomo colaborador sí tiene obligaciones:
- Alta en la Seguridad Social (RETA)
- Debe darse de alta como autónomo colaborador en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Su cotización es similar a la de un autónomo, con derecho a cobertura sanitaria y prestaciones.
IRPF
Su retribución se declara en la declaración de la renta como rendimientos del trabajo.
El titular debe practicar retenciones en la nómina del colaborador.
No presenta IVA ni modelos trimestrales de autónomos
Al no emitir facturas, no tiene que declarar IVA ni realizar los modelos 130 o 303.
¿Cómo se retribuye al autónomo colaborador?
El autónomo titular puede fijar una nómina mensual para el colaborador, que se considera salario a efectos fiscales.
Se practica una retención de IRPF, como en cualquier trabajador.
No cotiza en el Régimen General de la Seguridad Social, sino en el RETA.
Esta retribución es un gasto deducible para el negocio del titular.
Ejemplo:
Un autónomo titular de un comercio da de alta a su pareja como colaboradora y establece una nómina de 1.000 € al mes.
La colaboradora declara esos 12.000 € anuales en el IRPF como rendimientos del trabajo.
El titular los deduce como gasto de personal en su contabilidad.
Ventajas de la figura del autónomo colaborador
Entre los beneficios más destacados encontramos:
- Sencillez administrativa: el colaborador no tiene que emitir facturas ni presentar modelos trimestrales.
- Reducción de costes laborales: se evita un contrato laboral tradicional, pero se mantiene la cotización en Seguridad Social.
- Deducción fiscal para el titular: la retribución del colaborador es gasto deducible.
- Seguridad social: el colaborador cotiza y tiene derecho a pensión, bajas y otras prestaciones.
- Ideal para negocios familiares: fomenta la colaboración sin complicaciones de contratación.
Inconvenientes del autónomo colaborador
No obstante, también existen limitaciones:
No puede facturar autónomo colaborador a clientes directamente.
No tiene independencia económica: depende del titular.
Debe cotizar en el RETA con las mismas cuotas que un autónomo normal, lo que puede ser un coste elevado.
No accede a la tarifa plana ni bonificaciones que disfrutan otros autónomos.
Ejemplo práctico: facturación en un bar familiar
Imaginemos un bar gestionado por un autónomo titular que decide dar de alta a su hijo como autónomo colaborador.
Todas las facturas a clientes (consumiciones, menús, servicios de catering) se emiten a nombre del autónomo titular.
El hijo trabaja en el negocio, pero no emite facturas propias.
Recibe una nómina mensual, sobre la que se aplican retenciones de IRPF.
Su cotización se realiza como autónomo colaborador en la Seguridad Social.
De esta forma, el negocio se gestiona como una unidad económica familiar, pero con obligaciones fiscales claras.
¿Cuándo conviene ser autónomo colaborador?
Esta figura es recomendable en casos como:
Negocios familiares en los que el cónyuge o hijos participan de manera habitual.
Comercios, bares, restaurantes o talleres donde varios miembros de la familia trabajan juntos.
Situaciones donde no compensa constituir una sociedad mercantil.
Cuando se busca una forma sencilla de regularizar la colaboración de un familiar en el negocio.
Alternativas al autónomo colaborador
En algunos casos, puede que no convenga optar por esta figura y existan otras opciones:
- Contrato laboral en Régimen General → si se desea más protección laboral.
- Autónomo independiente → si el familiar tiene clientes propios y quiere facturar autónomo colaborador de forma individual no es posible, deberá darse de alta como autónomo normal.
- Constitución de una sociedad → cuando el negocio crece y se necesita más formalidad en la gestión.
Cómo gestionar la facturación del autónomo titular
Aunque el colaborador no factura, es importante que el autónomo titular:
- Use un software de facturación homologado.
- Genere facturas correctas con numeración correlativa.
- Declare el IVA y el IRPF en los modelos correspondientes.
- Registre la nómina del colaborador como gasto deducible.
Herramientas como Facturalia permiten simplificar esta gestión, garantizando que las facturas del titular cumplen la normativa y que las retribuciones de los colaboradores se registran adecuadamente.
Conclusión Cómo facturar si eres autónomo colaborador
El autónomo colaborador es una figura muy útil para negocios familiares que buscan formalizar la participación de un cónyuge, hijo o padre en la actividad del autónomo titular.
Sin embargo, es clave entender que no se puede facturar autónomo colaborador a clientes, ya que toda la facturación se realiza a nombre del titular.
El colaborador recibe una retribución como salario, que se declara en el IRPF como rendimiento del trabajo, mientras que el titular se deduce este gasto y sigue siendo el responsable de emitir facturas y cumplir con las obligaciones fiscales.
En definitiva, esta modalidad ofrece una vía sencilla y legal de colaboración familiar, aunque con limitaciones en independencia económica y beneficios.

